Derecho al agua y saneamiento va más allá de los ODM
Actualizado - 03 marzo 2010
El derecho humano al agua y el saneamiento va más allá de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y busca una cobertura universal, enfocándose en las personas más olvidadas. La Experta Independiente para las Naciones Unidas, Catarina Alburquerque, afirma que el derecho no es solamente sobre el acceso sostenible, sino que también abarca la capacidad de pago, accesibilidad, aceptabilidad y calidad del agua suficientes para uso personal y doméstico. Mientras 20 litros de agua segura son considerados el mínimo básico para la supervivencia, se necesitan 50 – 100 litros diarios por persona para asegurar la realización completa de este derecho. Catarina de Albuquerque empezó en Noviembre de 2008 una tarea de 3 años como experta independiente en el tema de las obligaciones de los derechos humanos, con respecto al acceso al agua segura y el saneamiento. Además de proporcionar asesoría política a las Naciones Unidas, ella también está preparando un compendio de mejores prácticas en agua y saneamiento.
¿Qué derechos existen?
El derecho al agua es ampliamente reconocido incluso antes de existir, dado que sin este derecho muchos derechos explícitos no pueden garantizarse. En 2002, el Comité en Derechos Sociales, Económicos y Culturales de la ONU (UNCESCR – siglas en inglés) expidió su Comentario General No. 15 indicando que ‘El derecho humano al agua es indispensable para llevar una vida digna. Es un prerrequisito para la realización de los otros derechos humanos’.
En 2007, la Alta Comisión para los Derechos Humanos (UNHCHR – siglas en inglés) concluyó que el derecho al agua estaba implícito en los derechos a la vida, la salud y explícito en varios tratados de la ONU. El UNHCHR concluyó que existe un derecho humano al acceso no discriminatorio e igualitario a suficiente agua segura para usos domésticos y personales, necesarios para sostener la vida y la salud. Sin embargo, los Países Bajos, junto con Alemania, España y Suecia están solicitando activamente el reconocimiento internacional del derecho al agua y al saneamiento, vinculados al movimiento global iniciado por ONG como WaterAid, COHRE y Green Cross International.
¿Qué diferencia hace esto?
En el Ministerio de Relaciones Internacionales de Los Países Bajos, el 4 de noviembre de 2009 en La Haya, la señora Albuquerque comentó que muchos especialistas del sector le preguntan: ¿Qué diferencia puede hacer considerarla como un derecho humano? Ella responde que los derechos no son la solución sino que lo esencial es implementarlos, pero los derechos establecen un marco legal que promueve la prestación de servicios sin discriminación alguna y en favor de los más pobres, transforma a los individuos de ser receptores pasivos a ser agentes de cambio y, finalmente, permite que el acceso a agua y saneamiento no sean más un asunto de caridad o bienestar si no un derecho legal.
‘Parte de mi trabajo es sentirme frustrada’
Catarina Albuquerque ha estado en Egipto, Costa Rica y Bangladesh para ver lo que el derecho al agua y saneamiento significa en la práctica. Las visitas invariablemente incrementan las expectativas, pero la Señora Albuquerque no tiene ni tiempo ni recursos, ella sólo tiene un asistente para hacer seguimiento. ‘Parte de mi trabajo es sentirme frustrada’ y agregó que necesita ‘más dientes’ y socios para hacer seguimiento a las recomendaciones, para hacer a los gobiernos locales responsables y solicita que la sociedad civil monitoree el cumplimiento.
El estatus de la ONU da a la señora Albuquerque acceso a políticos de alto nivel en los gobiernos y no tiene miedo de señalar los abusos, así como de reconocer los logros. En una conferencia de prensa en Bangladesh, ella elogió al país por la innovación en saneamiento y por su enfoque hacia la comunidad, sin embargo, también llamó la atención sobre la discriminación contra con recolectores de basura a los que se les niega la educación y tienen inadecuado acceso al agua y saneamiento en sus propias viviendas y el gran número de personas sufriendo como resultado de la contaminación por arsénico presente en el agua suministrada.
El papel del Estado
¿El Estado está obligado a proporcionar servicios de manera directa y pueden ser el agua y el saneamiento gratuitos? No, dice la señora Albuquerque para ambos casos. La primera obligación del Estado es proporcionar vigilancia y regulación, solamente en el caso de extrema pobreza o desastres naturales el Estado presta servicios directamente. Los Estados deben asegurar que los servicios sean asequibles, más que gratis, y aquellos quienes pueden deben contribuir con financiación o en especie. La cobertura universal no tiene que ser alcanzada inmediatamente, pero cada estado debe demostrar que está dando pasos progresivos hacia la meta de máxima cobertura con los recursos disponibles.
Enfoque en saneamiento, privatización y cambio climático
Cada año la señora Albuquerque se enfoca en un aspecto específico, en el año 2009 fue el saneamiento y para el 2010 ha escogido el tema de la privatización. Adicionalmente, ha escrito un documento sobre el cambio climático.
Finalmente, la señora Albuquerque envió una recomendación al Consejo de Derechos Humanos de la ONU para incorporar el derecho al saneamiento como un componente explícito del derecho a un nivel de vida adecuado. El 27 de enero de 2010 se llevó a cabo una consulta pública, en Génova – Italia, sobre el tema de las obligaciones de los derechos humanos con respecto a la participación del sector privado. Las partes interesadas que no pudieron asistir a la consulta están invitadas a enviar sus contribuciones a (iewater@ohchr.org) hasta el 26 de marzo de 2010.
Por: Cor Dietvorst
Contacto:Catarina de Albuquerque(iewater@ohchr.org)
ESCR Section, Special Procedures Division, UNOG-OHCHR
Palais des Nations, CH-1211 Geneva 10, Switzerland
Mayor información:
[www2.ohchr.org/english/issues/water/iexpert]
- Derecho al saneamiento: documento de las Naciones Unidas. A/HRC/12/24 (Right to sanitation: UN document A/HRC/12/24) [http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/12session/A-HRC-12-24_E.pdf]
- Agua y saneamiento como derechos humanos (Water and sanitation as human rights – FAQs –) [http://www2.ohchr.org/english/issues/water/iexpert/docs/watersant.pdf]
- Declaración de la Misión de País – Bangladesh (Country mission statement Bangladesh) [http://www2.ohchr.org/english/issues/water/iexpert/docs/PressStatement10Dec2009.pdf]
- Cambio Climático y los derechos humanos al agua y saneamiento; documento de posición (Climate change and the human rights to water and sanitation ; position paper -) [http://www2.ohchr.org/english/issues/water/Iexpert/docs/ClimateChange_HRtWS.pdf]
Participación del sector privado, llamado para contribuciones escritas (Private Sector Participation) [http://www2.ohchr.org/english/issues/water/iexpert/private_sector_participation.htm]
Páginas web sobre el Derecho al Agua [http://www.irc.nl/page/40663]
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